sábado, 13 de marzo de 2010

Carta al Embajador de Canadá por la Represión en Andalgalá

Embajada de Canadá en Argentina Buenos Aires, 9 de Marzo 2010
Sr. Embajador Tim Martín
S/D


Nos dirigimos a Usted, a los fines de denunciar ante su embestidura, y esta Embajada del Canadá, la represión y atropellos padecidos por los residentes de la ciudad de Andalgalá. Segundo núcleo urbano, en magnitud y cantidad de habitantes (aproximadamente 18.000) de la Provincia de Catamarca, República Argentina. La citada población viene sufriendo los atropellos, contaminación, y saqueos de la megaminería metalífera a cielo abierto con uso de lixiviación, con productos químicos de alta toxicidad, desde hace doce años a manos de Minera Bajo La Alumbrera de la multinacional anglo-suiza Xstrata. La citada represión fue aplicada por los poderes corruptos catamarqueños dado que los andalgalenses no están dispuestos a permitir la instalación en su territorio de ningún otro contaminante emprendimiento megaminero metalífero. En este caso puntual, nos referimos a la empresa de capitales mayoritariamente canadienses Yamana Gold y su proyecto de explotación denunciado como Agua Rica ante la autoridad minera de competencia. Yamana Gold pretende, utilizando las aguas pertenecientes a las vertientes que conforman el Río Andalgalá , y poniendo en riesgo y daños insuperables el ecosistema regional, dar comienzo a una explotación tres veces más grande que Bajo La Alumbrera, con un consumo diario de agua pura no inferior a los 100.000.000 de litros.

Luego de tres días de acecho policial, el 15 de febrero de 2010, los Vecinos Autoconvocados por la Vida de Andalgalá, que mantenían un corte pacífico y selectivo del camino comunero de Chaquiago desde hacía unos dos meses aproximadamente, y donde solo se impedía el paso a maquinarias e insumos destinados a dar comienzo a las primeras instancias de Agua Rica, fueron tremendamente reprimidos por medio del cuerpo de elite Kuntur. Escuadrón policial entrenado para reprimir y controlar situaciones de alta peligrosidad. Vecinos autoconvocados, autodenominados Asamblea El Algarrobo, así como habitantes de toda la región en defensa de la vida, incluyendo algunos ciudadanos de distintos puntos del país solidarizados ante las amenazas, recibieron maltratos de toda índole, patadas, trompadas, bastonazos, insultos, gases urticantes, disparos de arma larga, incluso a quema ropa, por no desistir en la defensa de sus elecciones de vida y futuro. Por no dejarse manipular a favor de intereses foráneos predadores; en este caso, los de una empresa canadiense como Yamana Gold.
Los ciudadanos de Andalgalá vienen intentando concretar, ante los poderes municipal y provincial, con miras al ámbito nacional oportunamente, ser escuchados en sus reclamos y decisiones. Sus derechos universales no pueden ser soslayados o traicionados por quienes deberían tener como única meta velar por la expresión sostenida y garantizada de los mismos.
La brutal represión iniciada en el camino de Chaquiago, se intensificó ante un pueblo enardecido por la injusticia social y la traición política, en la plaza principal de Andalgalá, donde decenas de vecinos habían sido encarcelados luego del ataque policial. Nuevamente la violencia desatada hablaba por si misma de la inquebrantable decisión del pueblo para elegir y defender sus patrones de vida y sustentabilidad.
Hemos de destacar, Señor Embajador, que las falsas promesas de trabajo, crecimiento, estabilidad, y una larga lista de hipotéticos beneficios, vienen siendo ofrecidos en distintas regiones de la República Argentina por las multinacionales megamineras. Catamarca, junto con San Juan, entre otras, cuyas corrupciones gerenciales, políticas y multimedias, han operado a favor de las estrategias del saqueo y la contaminación generalizada, cuentan actualmente con pobladores que ya no pueden ser engañados respecto al alto costo e impacto que este tipo de emprendimientos generan donde se desenvuelven. Los andalgalenses, gente que ha hecho de la confianza y la inofensividad una condición de vida, han pagado gravemente el error de haber abierto las puertas de su territorio, facilitado también la utilización de sus vertientes y acuíferos, a la saqueadora Xstrata en aras del desarrollo de la contaminante Bajo La Alumbrera. Estimulados por su desconocimiento de la gravedad de las técnicas extractivas y procesamientos, y principalmente por las promesas de quiméricos, estables, y remunerados puestos de trabajo “para todos”, cayeron en una trampa diseñada en la década de los noventa por un gobierno nacional vendido a los intereses del primer mundo, y la mayoría de los gobiernos provinciales que desde ese momento se tornaron custodios del macabro y semi-oculto pacto.
Si tan solo, a la hora de tomar una decisión de semejante gravedad, como lo es autorizar explotaciones a cielo abierto con lixiviación, el poder político de Andalgalá se dispusiera a cumplir con lo que su carta orgánica manifiesta, quedaría obviamente expuesto el impedimento para este tipo de emprendimientos.
La referida carta orgánica sostiene en su anexo:

“…los NEVADOS DEL ACONQUIJA, Y ZONAS CIRCUNDANTES, fueron declarados SANTUARIO DE LA NATURALEZA, (Acta de Declaración del Anexo de la Carta Orgánica Municipal de Andalgalá).”

También a continuación colocamos ante su observación y sentido común, Señor Embajador, el marco donde este tramo de la declaración está incluido sustancialmente dentro del contexto de un actual proyecto de ordenanza municipal impulsado por los andalgalences y la Asamblea El Algarrobo. Esta ordenanza en ciernes, sirve de herramienta para que el gobierno que usted representa diplomáticamente, y los intereses corporativos megamineros infractores que seguramente no debe representar ni justificar, puedan entender cual es la voluntad de los habitantes de esta bella región tan codiciada y ambicionada.


TEXTO ORDENANZA

La ASAMBLEA POPULAR “EL ALGARROBO” expresa que:
Del mismo modo que
“Las Malvinas son Argentinas”
“Los Nevados del Aconquija son del Pueblo
de Andalgalá y pueblos vecinos”

Proyecto de Ordenanza N°______/2010.

VISTO:
Que el Departamento de Andalgalá fue, es y será siempre agrícola ganadero, industrial, artesano, turístico, etc.
Que dicho perfil se encuentra incorporado en nuestras costumbres como la esencia de nuestra identidad cultural.
Que es deber del Estado y un derecho constitucional de los pueblos garantizar y vivir el eco-desarrollo, en una sociedad en la que prime la paz social como elemento esencial de la condición humana.
Que cuando se dice eco-desarrollo conlleva la obligación Estatal de garantizar y propender un ambiente sano y equilibrado, un uso racional de los recursos naturales y la preservación del patrimonio natural, cultural y la protección de la biodiversidad.
Que estos deberes Estatales están plasmados en los artículos N° 14 (bis); 41; 43; 75 inc. 17 y 22 de la Constitución Nacional; art. 252 inc. 9 y 10 de la Constitución Provincial y art. 22, 23 subsiguientes y concordantes de la Carta Orgánica Municipal de Andalgalá. Ley 26.160. Convenio sobre Biodiversidad, Art. 8 “J”, Agenda 21. Convenio Internacional de la OIT N° 169. Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas. Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Que la explotación minera a cielo abierto con la utilización de las técnicas de lixiviación o flotación con sustancias peligrosas, (Anexo I, II, y III de la ley 24.051), vulnera en forma extremadamente grave los derechos mencionados anteriormente, surgiendo del Estado la Obligación Constitucional, nacional e internacional, de asegurar la observancia de dichos derechos.
Que en nuestro Departamento merece un tratamiento particular la agricultura, por cuanto hemos sido los Andalgalenses históricamente reconocidos por nuestros productos en todo el país.
Que luego de doce años de explotación minera a gran escala como el yacimiento minero de Bajo la Alumbrera, que operó y opera en un total estado de descontrol con probadas y sospechadas irregularidades en cuestiones de contaminación, no significó para Andalgalá ningún crecimiento económico, social, cultural, etc., basta ver nuestro hospital de Andalgalá, el estado actual de la ruta N° 46, el abandono total de las rutas que pretende unirnos con los hermanos de Santa María, Belén y Aconquija, el enorme porcentaje de desempleados, el estado de pobreza generalizado en nuestros barrios y distritos, la desnutrición, el aumento de enfermedades cancerígenas y no cancerígenas, etc.
Que el Departamento de Andalgalá, favorece y sostiene el aprovechamiento de los recursos naturales renovables para una sociedad con equidad, justicia y solidaridad, como lo viene expresando a través de innumerables marchas a favor de la vida y en contra de los mega proyectos mineros que pretenden establecerse en las nacientes de agua de nuestro pueblo.
Que si bien el art. 124 de la Constitución Nacional establece que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio, esto interpretado como poderes no delegados a la Nación, el poder de policial ambiental forma parte de las facultades que se reservan las provincias y los municipios, por lo tanto el poder de policía ambiental es facultad de los municipios, por ende el órgano competente en esta materia es el Concejo Deliberante de Andalgalá, incluso hasta por un sentido común, sentido este desarrollado por todas las comunidades y en una interpretación de los dichos del pueblo de Andalgalá, se escucha : “Cómo pueden venir a decidir los de la ciudad capital o Buenos Aires, la manera en que tenemos que vivir los Andalgalenses”, esa facultad es un poder no delegado ni a la nación ni a la provincia, es competencia del ámbito territorial en donde desarrolla su vida la persona humana, lo que también se desprende de la lectura de nuestra Carta Orgánica Municipal en el art. 12 en el cual expresamente se dejan establecidos los derechos de las personas en nuestro municipio los que, entre otros, remarcamos los siguientes derechos: B) a la vida, a la libertad, a la seguridad e integridad personal; B) A la Libertad de investigación, de opinión, de expresión y de difusión del pensamiento por cualquier medio; L) De reunirse pacíficamente con otras, en manifestación pública o en asamblea transitoria, en relación con sus intereses comunes de cualquier índole; LL) De asociarse con otras para promover, ejercer y proteger sus intereses legítimos de orden político, económico, religioso, social, cultural, profesional, sindical o de cualquier otro orden; M) De presentar peticiones respetuosas a cualquier autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular. Así también en el Capítulo V que versa sobre la Competencia en Materia de Medio Ambiente el Art. 22 dice: “El Municipio defenderá el ambiente, para lo que deberá instrumentar políticas ambientales que protejan las particularidades geográficas, los tipos de ecosistemas existentes y el espacio ambiental aéreo en toda la extensión de la jurisdicción Municipal y su entorno, propiciará las bases para un desarrollo sustentable, fundado en medidas apropiadas de conservación y protección del medio ambiente, de manera de no comprometer las expectativas de las generaciones futuras”. Así también con la reforma de nuestra Constitución Nacional, Bidar Campos expresó “La reforma ha reconocido implícitamente que cuidar el ambiente es responsabilidad prioritaria del poder que tiene jurisdicción sobre él, o que equivale asumir la regla de que la jurisdicción es, como principio, local…”.
Que a estar de los dichos de La Dra. Alicia Morales Lamberti y Aldo Novax en su obra “Instituciones de Derecho Ambiental”, Editorial Lerner pag. 77, sostiene: “Que la regla de competencia judicial y administrativa es la local, conforme el Art. 7 de la L.G.A. (Ley General del Ambiente): “La aplicación de esta ley corresponde a los tribunales ordinarios según corresponda por el territorio, la materia o las personas”. La norma citada resulta consecuente con la jurisdicción articulada entre la nación y las Provincias en relación con la preservación del medio ambiente. Por lo tanto existen muchos deberes y derechos, pero siempre algunos están por encima de otros, como ser el derecho a la vida, a la salud pública de Andalgalá, el derecho a un ambiente sano, a la preservación de las cuencas hídricas etc., siempre, pero siempre, estarán por encima del derecho a transitar por nuestros caminos las empresa mineras, verdaderos foráneos de nuestra tierra, léase Empresa Minera Agua Rica de Yamana Gold, Filo Colorado de Xstrata, etc. Es decir estamos ante un conflicto de derechos en pugna sobre los cuales el pueblo de Andalgalá ya ha tomado una decisión y lo hizo conocer públicamente expidiéndose en contra de los mega proyectos mineros, destructivos, contaminantes y saqueadores.
Que teniendo en cuenta los hechos desencadenados el pasado 15 de Febrero en donde la Paz Social fue alterada por el accionar en forma conjunta de las fuerzas policiales, el Ejecutivo Municipal, el Gobierno Provincial, el poder Judicial, Cámara de Proveedores Mineros, y las empresas mineras que desataron una violencia inusitada en nuestro departamento, en donde todo el pueblo de Andalgalá se vio avasallado en sus derechos constitucionales, siendo objeto de una represión nunca vista en Andalgalá, por lo que el pueblo reaccionó haciendo primar el principio de justicia incorporado en la esencia de cada ser humano respondiendo en forma automática a las agresiones de que estaba siendo objeto, es decir este sentimiento de justicia desarrollado por la raza humana a lo largo de toda la historia, ha desencadenado los hechos por todos conocidos del día 15 de Febrero de 2010 ante la violencia de que estaba siendo blanco, solo por defender la vida, la salud y el territorio en donde vivimos todos los Andalgalenses.
Que los hechos del 15 de Febrero próximo pasado, son el producto también de toda una política de empobrecimiento planificado del gobierno Nacional y Provincial, del que viene siendo objeto todo el oeste provincial, con el solo interés de imponer a la fuerza una actividad que Andalgalá rechaza y que son los mega emprendimientos mineros (en connivencia con las empresas viciadas de probable corrupción y contaminación peligrosa) y, en ese sentido, teniendo en cuenta en que desde todos los ámbitos del ejercicio del poder se declara y se declama que se vive en un Estado de Derecho respetando las instituciones y los derechos humanos de las personas, lo que ha sucedido en Andalgalá queda a las claras que, lo que se protegió el día 15, fue todo lo contrario, se defendió el poder económico de una empresa minera por encima de los derechos del pueblo brutalmente reprimido, a punto tal que, muchas de las personas que quedaron en medio del conflicto desatado, hoy se encuentran no solo con lesiones físicas sino también con trastornos psicológicos, los cuales en algunas personas pueden llegar a ser permanentes.
Por ello y como única manera de restablecer la paz social en la ciudad de Andalgalá, será haciendo que se retiren de nuestro pueblo y para siempre las mega empresas mineras que pretenden instalarse.
En consecuencia:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE ANDALGALÁ ORDENA
Art. 1) Prohibir LOS MEGA PROYECTOS MINEROS TANTO A CIELO ABIERTO COMO EN SOCABÓN, con el uso de cualquier sustancia tóxica y contaminante, como lo son el cianuro y/o cualquier elemento que altere el ecosistema, las nacientes y cursos de aguas subterráneas y superficiales que abastecen a la ciudad de Andalgalá.
Art. 2) Difundir por los medios de información masiva de la provincia y por tres días consecutivos lo dispuesto en el punto precedente y, como así mismo, publicar que en el anexo de la Carta Orgánica los NEVADOS DEL ACONQUIJA Y ZONAS CIRCUNDANTES fueron declarados SANTUARIO DE LA NATURALEZA, (Acta de Declaración del Anexo de la Carta Orgánica Municipal de Andalgalá).
Art. 3) Comuníquese al Ejecutivo Municipal de Andalgalá a los fines de cumplimentar lo establecido precedentemente.
Art. 4) Ratificar el perfil agrícola ganadero, turístico, industrial, artesanal, etc. de la ciudad de Andalgalá.
Art. 5) Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Municipal y archívese.
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Actualmente, dado el crecimiento de las imágenes negativas del poder político municipal, provincial, y judicial, en Catamarca, y a partir de la represión, el Juez Electoral y de Minas Raúl Guillermo Cerda decidió dar lugar de un modo capcioso a un RECURSO DE AMPARO que había sido presentado hacía ya más de un mes por la Asamblea El Algarrobo, donde se solicitaba NO INNOVAR respecto al comienzo de actividades de Agua Rica al pie de Los Nevados del Aconquija. El señalado Recurso, se mantuvo cajoneado de modo sostenido por las presiones políticas y corporativas. La definición de capciosidad, aplicada en referencia al mencionado magistrado para con el tratamiento de la señalada solicitud, se basa en su dictamen: “se detendrán las obras de Agua Rica hasta tanto se restablezca la paz social.”
En tal sentido, Señor Embajador, es necesario que Usted comprenda, para así poder transmitirlo a quienes correspondiera entenderlo, que para el pueblo de Andalgalá la recuperación de la paz social solo será posible -según declaran con sentido común quienes lo componen- cuando los emprendimientos mineros concedidos sean anulados, existan leyes de prohibición de megaminería metalífera a cielo abierto, y la voz de la ciudadanía se torne el parámetro para quienes tienen el deber de gobernar para su sostén y cuidado.
Desenvolver la existencia en un marco de genuina armonía, se torna muy difícil para poblaciones que son obligadas a considerar que tienen menores derechos para elegir de que modo quieren vivir que los habitantes de Montreal, Toronto, Quebec, u Ontario. Por lo tanto, según Usted podrá apreciar, esa población pasará aún por un extendido ciclo de ausencia de paz social, a menos que, quienes municipal, provincial, nacional, e internacionalmente, teniendo la obligación y el poder de revertir una situación que ya puede ser descripta como de lesa humanidad, se empeñen en ello.
Por si le quedaran dudas acerca de las inmensas presiones psicológicas a las
que se encuentran sometidos los andalgalenses, el departamento de Andalgalá, en
casi toda su extensión, ha sido otorgado para la explotación minera a cielo abierto.
La cantidad total de denuncios aprobados asciende al número de 272; siendo que uno de ellos, conocido por PILCIAO 16, abarca por si solo la casi totalidad del trazado urbano de Andalgalá. En esta oportunidad, la corporación de referencia es BHP Billinton, de capitales ingleses. Si no se revirtiera este perverso otorgamiento por parte de la autoridad minera competente, la ciudad entera sería dinamitada quedando a poco un gran cráter u open pit, como prefieren llamarlo los destructores de la geomorfología terrestre. Algunos de estos “open pit”, sabrá Usted por las actividades llevadas dentro y fuera de territorio canadiense, pueden superar cómodamente uno o dos kilómetros de profundidad, por el diámetro que se necesitara, llegando algunos de entre ellos a más de siete u ocho kilómetros de extensión fácilmente. Solo por connivencia político-corporativa, una coyuntura como la arriba descripta, propia del peor grotesco inimaginable, puede ser una amenaza cierta que revela la desmesurada ambición de quienes solo priorizan la toma de ganancias a cualquier costo, excluyendo el propio.


Si le hicieran falta a Usted mayores precisiones, como por ejemplo, los nombres de algunos funcionarios o empleados corporativos, así como entidades diversas, con distintos grados de responsabilidad y poder de resolución en lo que hoy es el gran motivo de sufrimiento del pueblo de Andalgalá, sírvase disponer del listado que a continuación reproducimos.

Fiscal Marta Nieva.
Intendente de Andalgalá José Perea.
Juez de Garantías Rodolfo Cecenarro.
Juez Electoral y de Minas Raúl Guillermo Cerda.
El Gobierno Nacional a cargo de Cristina Fernández de Kirchner.
El Gobierno Provincial de Catamarca a cargo de Eduardo Brizuela del Moral.
Multinacional Yamana Gold.
Superintendente Corporativo de Seguridad Patrimonial de Yamana Gold,
Gustavo Fariña.
Proveedores diversos de la Industria Minera.
Gobierno del Canadá, a cargo del Primer Ministro Stephen Harper.


Es el sentir de ONG Conciencia Solidaria, como organización dedicada a la defensa de la vida, aprovechando esta denuncia y reclamo por los padecimientos actualmente sufridos por los andalgalenses, solidarizarnos también con las consecuencias propias de los procedimientos extractivos aplicados en algunas provincias del Canadá mismo. Sabemos de un gran número de regiones gravemente contaminadas; poblaciones deterioradas y personas obligadas a emigrar escapando al impacto socio-ambiental. La megaminería y la no menos letal extracción de hidrocarburos en las arenas bituminosas, puede servir de claro referente a sus dirigentes políticos y corporaciones, para no perder el sentido objetivo de lo que la presente denuncia busca ofrecer. Por lo tanto, que su país tome cartas en el asunto mediante los resortes diplomáticos, legislativos, y humanitarios, no son una implícita posibilidad u opción solicitadas dentro de la presente, sino una sostenida deuda dentro de la política externa de la nación por usted representada, en relación a los delitos cometidos por ciudadanos canadienses mediante el accionar corporativo y accionario de las actividades de sus empresas químicas, mejor conocidas como explotaciones de megaminería metalífera a cielo abierto, con uso de lixiviación con productos químicos de alta toxicidad.
Curiosamente, el nombre Canadá, de raíz iroquesa, significa asentamiento, poblado, o conjunto de casas. Curiosamente, ya que en este mundo globalizado, para muchos poblados, o conjuntos de casas, cuyos territorios y materias primas los vuelven codiciables para el sostenimiento sistemático del consumismo hipnótico, ese nombre representa la aniquilación de los elementos que evidentemente le dieron origen y sentido de aplicación, así como los escenarios para su crecimiento.
De este modo, la cultura que componemos en la superficie del planeta Tierra, muestra continuamente sus contradicciones y ambigüedad, recargando los costos, de modo inocultable, sobre un cada vez más delicado equilibrio planetario y el agotamiento gradual de toda posible sustentabilidad.


Saludamos atentamente al Señor Embajador, con el inmenso aprecio de quienes trabajamos para la vida, y el bien común, sin fronteras ni distinciones de tipo alguno. Quedando a su entera disposición, para todo aquello que sus asesores no tuvieran el ánimo de esclarecer, o desconocieran, de la cuestión aquí denunciada.


Cristina Martín Daniel Rodríguez
Presidente Secretario

Conciencia Solidaria
ONG Interprovincial

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