domingo, 13 de junio de 2010

LA LEY DE FILMUS DESPROTEGE EL AMBIENTE PERIGLACIAL

7 de junio del 2010

LA LEY DE FILMUS DESPROTEGE EL AMBIENTE PERIGLACIAL

Desde el veto presidencial de la Ley de Presupuestos Mínimos de protección de glaciares y del ambiente periglaciar de la Profesora Marta Maffei (DMC.), surgió un gran debate nacional entre dos proyectos de ley. Por un lado el del Diputado Bonasso, que es la ley de Maffei clonada, y por otro el del Senador Filmus. No olvidemos que este veto fue y es conocido como el Veto de la Barrick.

Consideramos que el proyecto de Ley del Senador Filmus es una trampa legal para entregarle a la minería un bien público como es el agua. Algo que hay que reconocerle al Senador, es que actúa muy inteligentemente llevando su proyecto hacia todos lados, intentando legitimar su idea a cualquier precio. Forzando al Instituto Argentino de Nivología y Glaciología (IANIGLA) a tratar a este proyecto como un paliativo ante el cambio climático, mientras en realidad este organismo dicta para este proyecto, una definición de periglaciar omitiendo los procesos de descongelamiento que en este ámbito actúan. No faltan en las presentaciones del Senador, las menciones a las ONGs que lo apoyaron, siendo lo real que en un primer momento lo criticaron y después por los motivos que cada uno desee entender, lo apoyaron. Mientras estábamos en Andalgalá, una de las asambleístas de la Asamblea el Algarrobo, llevó la noticia que un asesor del Senador se puso en contacto con ellos para pedirles que redacten una invitación formal al Senador Filmus para poder ir a dicha asamblea. ¿Qué motivo tendría este pedido lleno de formalidades si no el de intentar legitimarse en base un pueblo que está gritando un profundo NO A LA MINA, NO A AGUA RICA, SI AL AGUA PURA, SI A LA VIDA?

¿Por qué consideramos que este proyecto es engañoso? Quizás esta pregunta encontraría su respuesta, al formularnos otras preguntas: ¿Por qué se le colocó el mismo nombre que una ley que fue vetada? ¿Por qué tanta similitudes llenas de recovecos en su articulado que hacen que por momentos sean tan diferentes a la hora de proteger el espacio?

Cuando leemos acerca de glaciares la imagen que se nos presenta es muy clara. Si hoy se hiciera una encuesta, la gran mayoría definiría a un glaciar por la imagen del Perito Moreno, el Campo de Hielo Austral o la Antártida; ahora, ¿Cuál sería la imagen de un ámbito periglaciar?

Veamos una definición de las más simples y básicas, la que da el sitio Web Wikipedia, ”Periglaciar es la parte de la superficie de la Tierra donde las temperaturas durante la mayoría del año son frías, por lo tanto en donde la congelación de las aguas superficiales es muy frecuente, pero también existe una época de temperaturas más templadas, que duran cuatro meses, permiten la fusión de las aguas superficiales. En estas zonas la erosión del suelo no depende solamente del hielo sino también del agua. Es un proceso importante dentro del ciclo geográfico”. Así también otra fuente como Arthur Strahler dice “El dominio morfoclimático periglaciar se localiza en las márgenes del dominio glaciar y comprende todas las áreas de clima frío en las que la temperatura crítica de 0ºC provoca frecuentes ciclos de hielo-deshielo”.

El IANIGLIA puede opinar que el wikipedia se equivoca, esto es una cosa; ahora desautorizar a Strahler (Geomorfólogo y Catedrático de la Universidad de Columbia; autor, entre otras publicaciones, del libro Geografía Física), les sale caro!!!. Como se lo definió en el proyecto de Filmus, Glaciares de escombros (según Filmus e IANIGLA entiéndase por Periglaciar): aquellos cuerpos de detrito congelado y hielo, cuyo origen está relacionado con los procesos criogénicos asociados con suelo permanentemente congelado y con hielo subterráneo, o con el hielo proveniente de glaciares descubiertos y cubiertos. Desde la ONG Conciencia Solidaria entendemos que esta definición es engañosa, tramposa y deja al descubierto un área de gran importancia que es la formadora de las nacientes y ríos no solo de los pueblos cordilleranos sino también de la República Argentina. El proyecto de Filmus nunca nombra el área periglaciar.

Filmus y el IANIGLA al categorizar cometen acto de omisión. Algo que el Senador comprende muy bien, es que este tema es fácil de ocultar por el desconocimiento que existe en lo que a periglaciar se refiere. Si consideran que la definición que colocan en el proyecto de ley es certera, los invitamos a redefinir el ambiente periglaciar en Congresos, Simposios y/o Seminarios de Geomorfología a nivel Nacional e Internacional.

Una de las armas más vehementes que el Senador presenta en su proyecto de ley de protección de glaciares y ambientes periglaciares es su interés ante el Cambio Climático Global. Que el Senador Filmus no nos trate de hacer creer que esta ley es un impulso paliativo ante esta problemática tan acuciante. Si el tema del cambio climático realmente es de interés del Senador, debería tomar medidas e impulsar proyectos que actualmente se encuentran cajoneados, como así también, pedir a nuestra Presidenta presencia en conferencias y reuniones internacionales sobre esta materia. Que la silla de la Argentina no quede vacía en los foros de Cambio Climático Global. Si a esta preocupación atendemos señalemos la usina de Río Turbio. La apertura de esta usina favorecerá sí, al Cambio Climático Global. Utilizar este argumento desde este proyecto de ley es hacer demagogia.

Otra defensa del Senador es colocar a los glaciares como bien público o sea que nadie pueda ser el dueño de este bien. Coincidimos plenamente en esta colocación así lo entendemos. Sin embargo vemos que la Barrick Gold, hoy está operando sobre tres glaciares que fueron omitidos en el Informe de Impacto Ambiental (IIA) del Proyecto Pascua-Lama. Si existiera real preocupación desde el Senador, debería apoyar el paro de total de actividades en el sector hasta que no se realice un IIA consciente, no un dibujo de la realidad. No nos olvidemos que la Presidenta se fotografío con Peter Munk, presidente de la Barrick Gold, y poco después comenzó a hablar de pueblos sacrificables así como hizo Munk en una conferencia sobre minería en New York. Por otro lado el senador Filmus, que está motivado a ser invitado a la ciudad de Andalgalá, se olvida que la Minera Agua Rica (MAR) construyó gran parte de sus instalaciones dentro del ámbito periglaciar, ámbito que su proyecto omite. Agravado aún más por tener sus instalaciones sobre la naciente de ríos que también son públicos.
Otra grave falencia en el proyecto del Senador Filmus es que no se estipulan plazos definidos para la construcción del inventario de glaciares de la República Argentina. No hablamos de las actualizaciones periódicas con un plazo no mayor al de cinco años, ni de los 60 días para la entrega de los cronogramas de actividades por parte del IANIGLA, hablamos del plazo para la conclusión del análisis de inventariado. No sería prudente que este inventario demore años en salir. Más allá de esto consideramos que los glaciares deberían ser monitorizados constantemente y no que deban esperar plazos burocráticos para que sus investigaciones sean actualizadas. Para complementar este párrafo sumamos lo que Javier Rodríguez Pardo y Enrique Matías Viale escribieron muy claramente, “El proyecto con media sanción parece redactado por los directivos del emprendimiento binacional Pascua Lama, propiedad de la corporación canadiense Barrick Gold. No resulta casual la confusa redacción del nuevo artículo 15° que se transforma en la llave para continuar desarrollando libremente la actividad minera, actualmente en ejecución, sobre lo que la propia ley supuestamente prohíbe. El proyecto con media sanción del Senado establece en este artículo que la Auditoria Ambiental sobre los emprendimientos actualmente funcionando se realice "en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de cada jurisdicción..." La diferencia con la ley vetada es sustancial, atento que el plazo de 180 días para realizar la Auditoria Ambiental en la norma original empezaba a correr a partir de la sanción de la ley. Con la nueva redacción, la Auditoria Ambiental es facultativa de cada provincia, la que realizará el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En suma, de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciares, justo a la medida de Pascua-Lama.
Algo que se le critica al proyecto de Maffei-Bonasso es que solo protege en áreas circundantes a altas cumbres y se hacen comentarios como que no lo protege al Glaciar Perito Moreno que tiene una cota que no corresponde como alta montaña. Pues bien, nos parece que no están leyendo el proyecto. Cuando se nombra esta descripción, es en base al ambiente periglaciar que tanto le interesa a la minería por el inmenso volumen de agua que estas áreas consiguen acumular, o sea, el Glaciar Perito Moreno no es ámbito periglaciar, es glaciar.

En el Art. 6º Filmus afirma, Se prohíben las actividades que puedan afectar la condición natural de los cuerpos protegidos definidos en el artículo 2. Donde a pesar de realizar una nueva categorización de actividades prohibitivas enfatiza en volver al Art. 2 donde no se habla de periglaciar. Esto le abre la puerta a cualquier tipo de actividad contaminante, como la megaminería, dentro del área periglaciar que es la formadora de las cuencas hidrográficas que son tan importantes para las provincias cordilleranas como para el resto de la vida y economía de la República Argentina.

Tanto el Senador Filmus como el IANIGLA asumieron en un debate organizado por la Defensoría del Pueblo de la Nación que querían una Ley que Proteja el 100% del área glaciar y periglaciar, ahora hay algo que no entendemos, ¿Por qué redactaron una definición que excluye gran parte del ámbito periglaciar? Así también, afirmaron que esta es una ley para la protección de glaciares que son importantísimos para el desarrollo de la vida en la región cuyana y que es una pena que se entienda este proyecto de ley como una ley minera. A esto decimos, más allá que los Gioja, desde la gobernación de la Provincia de San Juan, las comisiones de Minería de Senadores y Diputados y sus empresas mineras, avalen el proyecto del Senador Filmus, también lo hacen paginas Web como Mining Press (Prensa Minera en Castellano) donde describen al proyecto del Senador como un proyecto de conservación de los Glaciares sin frenar la actividad minera.

Por otro lado vemos las declaraciones de Mayoral, Secretario de Minería de la Nación, para el diario de Cuyo "No hay sector productivo que no quiera tener una ley que regule y respete a los glaciares y en la minería queremos una ley que no nos quite previsibilidad en avanzar en proyectos millonarios. Debemos exigirnos como sector el formar parte, tener una silla en la mesa de los debates. Debemos exigir que nos inviten a los debates. Debemos tener una ley de glaciares lógica, sin perjuicio previo de fijar el presupuesto de que la actividad contamina”. Ante esto, el Diputado Tomas - Presidente de la Comisión de Diputados de Minería- le responde, “Me alegra porque lo he invitado muchas veces".

Ante estas declaraciones que llegan desde el sector minero que avalan y votan el proyecto del Senador Filmus, nos preguntamos ¿Cómo tenemos que entender dicho proyecto de ley? ¿Cómo consigue proteger los glaciares mientras avala una actividad como la minería en sus cercanías?

No debemos olvidar que la megaminería a cielo abierto realiza una gran cantidad de explosiones durante todo su periodo de concesión. Genera grandes cantidades de polvo que según la dirección de viento se acumularía en el área glaciar. ¿Las mineras conseguirán controlar la dirección de los vientos en la Cordillera? ¿Cómo sobrevivirán las ciudades de Mendoza, San Juan, La Rioja o cualquier otra del resto del país si en el ámbito Glaciar y Periglaciar Cordillerano que nos proveen del AGUA PURA necesaria para la vida, se permiten emprendimientos mineros que lixivian rocas con cianuro y/o celdas, altamente contaminantes? ¿Las mineras conseguirán impermeabilizar y/o evitar la infiltración de las aguas altamente contaminadas con metales pesados y químicos letales acumuladas en los diques de cola en un ambiente cordillerano completamente fracturado? ¿Qué va a pasar con la vida y actividades económicas como la vitivinicultura, o cualquier otra actividad si contaminan las nacientes de los ríos? ¿Cómo la Argentina sostendrá su economía agro exportadora y sus derivados manufacturados de alto valor agregado en los próximos 20, 30 o 50 años?

La destrucción del paisaje y la contaminación ambiental de alto grado no coincide con planteos de sociedades que invierten en el turismo. Turismo que le da gran cantidad de divisas a la Argentina. Turismo y Minería no son actividades que van de la mano.

Entendemos claramente las palabras de Mayoral, son proyectos con inversiones millonarias, así como lo son muchas de las actividades que arriba detallamos. Pero, no entendemos el beneficio que le genera la megaminería al pueblo Argentino debido a que nos contamina el agua, destruye nuestra biota, nos enferma, nos enfrenta, y el rédito económico es del 3%, a ser declarado con un plazo máximo de 6 meses en una declaración jurada redactada en los puertos de destino. Sabemos que no tenemos que ser mal pensados pero ¿esto no favorece el contrabando? No hablemos de las devoluciones del IVA o los gastos de transporte. Algo que nos interesaría saber es ¿cuáles son los verdaderos intereses de nuestra Presidenta, Mayoral, Filmus, de los Gioja, Tomas? ¿Qué los mueve a generar un proyecto de ley que se dice protector de glaciares u ambientes periglaciares que nos destruye y saquea?

Será que el Senador Filmus, los Gioja, la Presidenta, Mayoral, Tomas, las Empresas de Proveeduría Minera y hasta las Grandes Corporaciones Mineras, hicieron algún tipo estudio a futuro serio sobre las consecuencias de la Actividad EXTRACTIVA Minera. Creemos que NO. Hay dos constantes que nos se están teniendo en cuenta, una es el impacto sobre el territorio y su medio ambiente, y la otra la sociedad.

A pesar que el Senador Filmus y el IANIGLA digan que esta es una ley de protección a los ambientes Glaciares y Periglaciares y atiende temas como el Cambio Climático Global, entendemos que este proyecto de ley es un intento más para legitimar la actividad minera dentro del ámbito periglaciar cordillerano.

Esperamos tengan a bien considerar estas observaciones.

Atte,

Conciencia Solidaria ONG Interprovincial.
www.concienciasolidaria.com.ar

7 de junio del 2010

La minera dueña de la justicia en Catamarca


Realizaron una conferencia de prensa denunciado persecución política en Andalgalá. Con la presencia de Rolando Flores (Autoconvocados por la Vida de Andalgalá - Asamblea el Algarrobo), los diputados nacionales del interbloque Movimiento Proyecto Sur Pino Solanas, Victoria Donda (presidenta de la comisión de DDHH), Jorge Cardelli, Liliana Parada y Cecilia Merchán; Adolfo Pérez Esquivel (Premio Nobel de la Paz, SERPAJ); Nora Cortiñas (Madre de Plaza de Mayo, Línea Fundadora); Maristella Svampa (Voces de Alerta) y Javier Rodríguez Pardo (miembro de MACH y de la RENACE), se realizó en la sala Jose Luis Cabezas de la Cámara baja una conferencia de prensa donde se denunció la persecución política que reciben los integrantes de la Asamblea el Algarrobo en Andalgalá, Pcia de Catamarca. Luego de que la diputada Victoria Donda iniciara la conferencia de prensa, fue el turno de Rolando Flores, quien afirmó que “el poder del dinero de las grande multinacionales mineras vuelve a atacar al pueblo de Catamarca a través de la llamada justicia que tenemos en aquellos lugares, no solamente se compra al poder político o a la policía sino también a los que deberían administrar la justicia”.

Señaló luego que “el mismo juez que ordeno la represión el 24 de marzo en Andalgalá, hoy le dicto el pedido de captura a un compañero, un juez que fue funcionario de una de las empresas socia de la minera la alumbrera y que es uno de los grandes deudores del banco Provincia de Catamarca que fue a la quiebra por este tipo de deudas levanta el dedo acusador contra un compañero que defiende los intereses de nuestro pueblo”.

Posteriormente el diputado Fernando Pino Solanas manifestó que “si uno pone la lupa en Andalgalá ve la radiografía del dominio político de una corporación que factura al año declarados tres o cuatro veces el presupuesto de la provincia, pero como no declara los más de sesenta metales incluso más valiosos que el oro, es dueña de la provincia (…) Esto es un problema político serio, la corporación minera es dueña de la provincia, de la justicia, de los medios de comunicación de las patotas, de la universidad, maneja toda la provincia”.

Pino Solanas sentenció luego que “lo que pasa en Andalgalá no es diferente a lo que pasa en San Juan En un lado un pope justicialista, en el otro uno radical, los dos abulonados al poder, a la asociación de las corporaciones”.

Luego fue el turno de los otros integrantes de la mesa unas de las palabras más sentidas fueron las de Nora Cortiñas, que señaló: “Las Madres vamos a seguir acompañándolos en esta lucha, donde hoy estarían nuestros hijos y nuestras hijas o sino no estaríamos así”.

Por último, la diputada nacional Victoria Donda ratificó el compromiso de la Comisión de Derechos Humanos de la HCDN para “estar a lado del pueblo de Andalgalá ante semejantes atropellos de una justicia cómplice”.

Fuente: No a la mina

8 de junio del 2010


Justicia decidirá constitucionalidad de "ley antiminera"

El Tribunal Superior de Córdoba admitió el pedido de inconstitucionalidad presentado por empresarios y profesionales. La polémica sobre la minería se reavivó en esta provincia luego de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitiera estudiar si es inconstitucional o no la ley provincial que prohíbe las explotaciones metalíferas y nucleares en la provincia.

De esta manera, la Provincia de Córdoba, autora de la ley, y la Cámara de Empresarios Mineros de Córdoba (Cemincor) y la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica (Apcnea), quienes presentaron la demanda el 4 de mayo de 2009, deberán aportar las pruebas a favor y en contra.
Una vez finalizado este trámite, los vocales del Tribunal estudiarán el tema, emitirán su opinión y, finalmente, se elaborará una resolución a favor o en contra del pedido de inconstitucionalidad.
Cabe aclarar que el TSJ todavía no resolvió sobre el fondo del tema. En la red social Facebook está circulando un mail equivocado con esta leyenda: "Adiós Sierras Cordobesas! se aprobó la minería a cielo abierto! A todas las personas de Argentina, de concretarse este asunto, se demolerían montañas enteras con explosivos, se contaminaría el agua con los productos utilizados para la extracción de uranio...".
José Pérez Corti, relator de la Sala Electoral del TSJ, explicó el alcance de la medida resuelta a mediados de mayo: "El TSJ ha interpretado que la vía utilizada es pertinente para iniciar el juicio. No significa que el TSJ se haya pronunciado sobre el contenido del planteo. Recién ahora se está tramitando para indagar sobre el fondo".
La ley. En setiembre de 2008, la Legislatura provincial aprobó la ley 9.526 presentada por el gobernador, Juan Schiaretti, que prohíbe:
La actividad minera metalífera "en la modalidad a cielo abierto y en todas sus etapas, constituidas por cateo, prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación, extracción y almacenamiento de sustancias minerales".
La actividad minera nuclear de uranio y el torio en todas sus etapas y que rige para las minas actualmente concedidas.
El uso de cianuro , cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico y toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en diferentes leyes nacionales.
El abogado que representa al sector minero, Rafael Vaggione, explicó que la ley es inconstitucional porque no se puede legislar por encima del Código de Minería (norma nacional) y porque pone en riesgo las fuentes de trabajo de obreros y profesionales del rubro. El derecho a trabajar está contemplado en la Constitución Nacional.
Por su parte, Roberto Baillie, miembro de la ONG ambientalista Traslasierra Despierta, aseguró que se trabajó con técnicos y abogados para que la norma estuviera encuadrada en la jurisdicción minera.
"No hay ningún choque con otra normativa. El tema legal se consultó a todos los niveles y fue revisado y aprobado por la Comisión de Asuntos Legales de la Legislatura", agregó.
Baillie indicó que tampoco afecta el derecho a trabajar del personal de las minas ahora en funcionamiento, porque son todas canteras en las que no se extraen minerales metalíferos ni nucleares.
Para el ambientalista, el interés detrás de la posible derogación de la norma es la explotación del uranio, acorde con la política energética nuclear de la Nación.
Oro y uranio. En Córdoba no existen, y es probable que nunca existan, minas de oro, plata o cobre como las que hay en la zona cordillerana, porque estos elementos no están presentes en grandes proporciones en las sierras.
La normativa se dictó en un momento en que las críticas a megaemprendimientos como Alumbrera o Pascua Lama estaban en la agenda del debate ambiental. En ese momento, varias ONG ambientalistas reclamaban a la Provincia por posibles explotaciones de oro cerca de Ongamira.
Con el uranio, la situación parece ser distinta. Se calcula que hay unas 50 mil toneladas de este elemento en las sierras cordobesas. Es el combustible de las dos centrales nucleares que ahora están funcionando en Argentina y de las dos más que espera poner en marcha.
Los profesionales del área nuclear entienden que la prohibición va en contra del perfil nuclear que tiene Córdoba, con una central atómica, una planta de producción de dióxido de uranio (Dioxitek) y otras instalaciones de investigación.
Fuente: No a la mina
11 de junio del 2010
Los argumentos vergonzantes del Gobernador Binner


El domingo 6 de junio, el suplemento Rosario 12 del matutino Página 12, publicó la nota Hay que usarlo como dice la norma, de José Maggi, con algunas respuestas del Gobernador Hermes Binner sobre el uso de los agroquímicos en la Provincia.
Pareciera ser que es la manera que tiene el gobernador de responderle a las organizaciones de la sociedad civil que desde hace un mes le están pidiendo una audiencia para entregarle un petitorio con el respaldo de 12.000 firmas (sí, doce mil firmas). El objetivo es que se extienda al resto del territorio provincial el fallo de la Sala 2da. de la Cámara Civil y Comercial de Santa Fe, de diciembre de 2009, que confirmó la suspensión de las fumigaciones por seis meses a una distancia del límite de los ejidos urbanos de 800 mts. para aspersiones terrestres y 1500 mts. para aspersiones aéreas en el barrio Urquiza de la localidad de San Jorge.
Y el gobernador Binner no acepta recibirlos.

Dice el gobernador en la nota (entre comillas):

• "…tenemos buenas leyes y muchas dificultades para hacerlas cumplir…”
Una ley que no se cumple o no es una buena ley, o no tiene los mecanismos de fiscalización y control necesarios para hacerla cumplir. Y esos mecanismos dependen del ejecutivo, en este caso, del Gobernador Binner. Es decir o no tenemos buenas leyes que regulen el uso de los agroquímicos, o el gobernador no está cumpliendo con los deberes inherentes a su cargo.

• “…el tema que nos preocupa es la contaminación del aire, la tierra y el agua. Se cree que el ambiente puede digerir todo lo que el hombre le arroja y no es así, por eso hay que buscar racionalidad. Por eso tiene que actuar con mucha fuerza los institutos como el INTA (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria), que son los que deben dar reglas claras y la información que necesita el hombre campo"
Este párrafo muestra dos cosas: que el impacto de los agroquímicos en la salud de la población no es un tema que le preocupa al gobernador Binner; y que él considera que la Provincia no tiene incumbencias en la regulación del uso de los agroquímicos, ya que los que tienen “que actuar con mucha fuerza son los institutos como el INTA” (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria).

• "…venimos de tiempos en que se usaban los organoclorados y nos enteramos que se podía vender pero no usar, luego vinieron los organofosforados que se degrada en el ambiente.”
Aquí el gobernador pareciera ser que está absolutamente desinformado, o falta a la verdad: muchos informes muestran que los organoclorados y los organofosforados se siguen usando, entre otros motivos porque el ejecutivo no ejerce los controles que son de su incumbencia exclusiva en el territorio provincial.

• “Y luego tenemos el que se asocia directamente con la soja transgénica y la siembra directa que es el glifosato, que está absolutamente en estudio, y que en general no hay manifestaciones demostrables en contra de la salud del hombre si se usa en la forma que plantea en la ley, tanto en la fumigación aérea como en la terrestre".
Es cierto, el glifosato, como mayoría de los agroquímicos, están “absolutamente en estudio”; lo que significa que no se conocen todos los daños que pueden producir. Y es por eso mismo que se deben alejar todas las fumigaciones de los lugares donde vive la gente.

• "la mayor responsabilidad es de los que aplican estos elementos”
Es decir, le está echado la culpa, eventualmente, al peón del campo que hace las aplicaciones.

• “…ese trípode (soja transgénica, siembra directa y glifosato) bien utilizado es uno de los fundamentos extraordinarios para la preservación del medio ambiente. Por un lado, porque se han disminuído notablemente los laboreos en el campo, con lo cual se gastan menos combustibles fósiles,…”
Esto ya es directamente suscribir de manera acrítica el discurso falseador de la realidad de las empresas que comercializan los insumos que participan de la cadena de la soja. En las casi 20 millones de hectáreas de soja transgénica que hay en el país, no hay biodiversidad, desapareció el ecosistema, no hay vida, todo es muerte; salvo, claro, la soja transgénica y las malezas que van siendo cada vez más resistentes. No hay microflora ni microfauna, no hay gusanos ni insectos, no hay mamíferos, aves ni peces. Desapareció todo vestigio de vida ecosistémica.

• “…y por otro lado utilizados en la forma que hoy los estudios científicos lo indican , han aumentado enormemente la productividad y la riqueza de nuestro país".
No; no aumentó la riqueza del país; el país perdió o está perdiendo la productividad sostenible de sus ecosistemas más productivos en forma acelerada. Los que se enriquecieron fueron los dueños de los campos, las empresas comercializadoras de los insumos del paquete tecnológico transgénico para agroquímicos, y las comercializadoras de los granos. El resto de la población, que antes vivía de alguna manera ligado a la actividad agropecuaria diversificada, se sumergió en la miseria. Porque por cada 500 hectáreas de soja transgénica, hay un puesto de trabajo, y eso no es generar riqueza, ni en la Provincia de Santa Fé ni en ningún lugar del mundo en toda su historia. Nunca, ningún país, ninguna región, ninguna provincia en toda la historia se hizo rica produciendo un commodity. Además de los riesgos que trae depender de monopsonios, como quedó demostrado con la amenaza de China de limitar las importaciones de aceite de origen argentino.

• Pregunta el periodista: ¿Qué le responde a quienes le está pidiendo que adopte el fallo de San Jorge con las distancias de 800 metros en caso de aplicaciones terrestres y 1500 metros en las aéreas? “Hay que respetar lo que dice la ley (N. del R: es bastante menor). Y además hay que ver los días en que hay viento, porque estos espacios se amplían enormemente cuando hay viento.”
En boca de un gobernador, es una respuesta que seguirá enriqueciendo en dinero en forma directa a los dueños de los campos que están más cerca de los ejidos municipales.
No tiene nada que ver con el cambio o no del sistema de producción transgénica. Las organizaciones ambientalistas demostraron, para un departamento, que la ampliación a todas las localidades de las mismas distancias de restricción de fumigación, implicaría la afectación del 4% de la superficie sembrada; que no por eso se dejaría de explotar, sino que podría destinarse a la producción diversificada, que asegure la soberanía alimentaria de esas mismas localidades.
El gobernador Binner es la cabeza del ejecutivo que hace la norma que reglamenta la ley. No tiene ninguna traba legal que le impida extender la aplicación de la resolución de la cámara citada al principio al resto del territorio de la provincia de Santa Fé, cuidando de esta manera la salud de la población afectada por las fumigaciones.

• “…el uso racional de un producto que favorece evidentemente la producción y favorece la vida porque produce alimentos. Hoy hay una demanda mundial de alimentos. …Por eso nosotros debemos seguir usando los nuevos elementos para mejorar racionalmente la producción, porque hay un mundo que está demandando cada vez más alimentos. Lo dice la FAO dentro de treinta años van a ser falta el doble de toneladas de cereales de lo que se produce hoy: de 3500 millones de toneladas a 7000 millones de toneladas. Y esto se logra mejorando la producción en lugares más fértiles e investigando nuevas semillas y nuevos productos en los terrenos menos fértiles…”
Otra suscripción al discurso falseador de las empresas que venden el paquete transgénico para agroquímicos. Los granos de los productos transgénicos no van a paliar el hambre del mundo, sino que sirven principalmente de forraje para alimentar ganado para producir carne para las clases medias y altas de Europa y China, y para producir biocombustibles para las clases medias de los países desarrollados. Por otro lado, no tiene sentido aumentar la producción con un paquete tecnológico que destruye la sostenibilidad del ecosistema del cual dependemos para poder producir alimentos para que se sostengan tambièn la producción de los bienes y servicios ambientales imprescindibles para la vida.

• Finalmente, pregunta el periodista: Hoy muchos santafesinos piden que se aplique el principio precautorio sobre el glifosato: ante la duda sobre sus efectos sobre la salud, se debería impedir su uso hasta esclarecerlo. ¿Qué les responde?
“Creo que no debe haber ningún producto que pueda demostrarse que en cantidades excesivas produce cáncer. A nivel experimental usted puede producir cáncer con elementos de la comida diaria. Evidentemente esto no es lo que está ocurriendo en la sociedad , que usa los elementos, algunos de ellos erradicados por producir cáncer. Pero todo producto utilizado en forma racional y que cubra con las necesidades de su aplicación no está demostrado que produzca cáncer.”
La respuesta del gobernador muestra nuevamente su desinterés en las asociaciones entre agroquímicos y enfermedades que padecen las poblaciones afectadas por las fumigaciones, tal cual lo hace el discurso de las empresas ligadas al complejo sojero transgénico. Ignora los numerosos estudios que muestran esas asociaciones, que están claramente desarrolladas en el fallo de la Sala 2da. de la Cámara Civil y Comercial de Santa Fe, y que el Gobernador Hermes Binner, en su calidad de médico, debería conocer.

Vale recordar, nuevamente, que no somos los habitantes de la nación los que debemos demostrar que los agroquímicos y los procesos productivos nos causan daño. Son las empresas que los producen, comercializan, utilizan o inducen su utilización las que deben demostrar que no nos causan daño, y el Estado debe asegurarnos que esas demostraciones son válidas. Como lo dice claramente el principio de precaución de la Ley General del Ambiente, sustentado en normas internacionales.

Por Claudio Lowy – ecolowy@yahoo.com.ar

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